Acueducto restringe acceso a los datos de llenado de Sistema Chingaza y vulneraría derechos para acceder a documentos de interés público

La empresa Acueducto de Bogotá omitiría procedimientos legales y con ello impide acceso a documentos públicos que contienen información técnica de llenado de los embalses de San Rafael y Chuza.

Con una serie de procedimientos jurídicos impide que los ciudadanos conozcan y puedan verificar, con cifras oficiales, el histórico de llenado del sistema que permite que todos los bogotanos cuenten con el recurso hídrico.

La petición del dataset con la información histórica, del 1 de enero de 2021 hasta el 21 de mayo de 2024, se hizo como parte de un ejercicio periodístico independiente de verificación de datos. Actividad que se hace en este blog desde hace dos años y que es de conocimiento público.

La decisión de impedir el acceso a los datos, imponiendo requisitos que legalmente no tendrían sustento, la hizo Germán García Marrugo, director de Abastecimiento del Acueducto.

La decisión, expresada en una carta emitida el día de hoy, constituiría una vulneración a la actividad periodística profesional e impone restricciones al ejercicio de acceso a datos de interés público.

No tienen claro si son datos públicos

García Marrugo calificó al conjunto de datos pedido como un “dato público”.

Parte de la respuesta al derecho de petición. Comunicación oficial del acueducto emitida el 17 de junio de 2024.

Lo hizo el pasado 17 de junio de 2024 en respuesta a derecho de petición.

Diez días después y con una serie de argumentos jurídicos, el mismo funcionario, en una respuesta no pedida y en un documento oficial del acueducto, cambia la naturaleza del conjunto de datos de “público” a “público clasificado”.

Parte de la comunicación emitida por el acueducto de Bogotá el día 27 de julio.

Quizás en el documento del 17 de junio olvidó escribir la palabra “clasificado”.

Según lo anterior, para el Acueducto de Bogotá el dataset era público hasta el 27 de junio de 2024. Luego la misma entidad lo califica como “público clasificado”. La decisión contradice las normas de acceso a la información.

Según el Manual para el Acceso a la Información de la FLIP, “los periodistas deben tener acceso garantizado al conocimiento de documentos, actos administrativos y demás elementos ilustrativos de las motivaciones de la conducta de las autoridades, sin restricciones diferentes a las expresamente consagradas en la Ley”

Si bien es claro que existe datos reservados a los que no se tienen acceso el calificativo debe provenir de la Constitución o de una Ley. “Nunca de una autoridad administrativa o de un funcionario, mediante otras normas de menor jerarquía”

“Quien posea la información sólo puede denegar su acceso o consulta – incluido el acceso físico a las fuentes de información – con fundamento en la Constitución o en una ley que previamente califique la información como reservada”, dice el Manual de la Flip.

La entidad no ha indicado la Ley que previamente califica el conjunto de datos como información como reservada.

Según García se sustentan en el artículo 6 de la Ley 1712 de 2016. Basado en su interpretación, ellos han calificado la información como pública reservada.

¿Por qué el Acueducto de Bogotá quiere mantener reservado un conjunto de datos que son de interés público y no explica con claridad en ninguno de sus dos documentos las supuestas razones “legítimas y necesarias” para impedir su acceso?

¿Acaso esos datos no son los mismos que ha publicado el alcalde Carlos Fernando Galán en sus medios sociales desde que inició el racionamiento?

El análisis debe ser el que ellos quieran

Sumado a los argumentos que tiene el Acueducto para impedir acceso público a los datos, la entidad quiere inducir y controlar cualquier análisis que se haga.

Según las nuevas normas dictadas en la carta del 27 de junio, si se quiere hacer una verificación de datos, se le deberá informar a la entidad y ellos valorarán si dan acceso a los datos.

No contentos con restringir el acceso también quieren controlar los relatos.

Si el objetivo de la información es otro ( En referencia a un ejercicio diferente a uso personal), “nos debe comunicar lo pertinente para definir si aceptamos o no realizar el suministro de la información y el manejo autorizado que se puede permitir, teniendo en cuenta que puede ser necesario otro tipo de información para realizar análisis más precisos con la información entregada”, afirma la carta enviada.

Y no contentos con el control del análisis a los datos. la carta anticipa que cualquier opinión que se tengan sobre la información podría no ser manejada “adecuadamente” y advierten que “es necesario conocer el contexto del comportamiento de las afluencias y efluencias que se presentaron para poder realizar un análisis más preciso y acertado con la realidad”.

Acuerdo de Confidencialidad

La agresiva carta viene acompañada con el Acuerdo de Confidencialidad. Un documento de dos páginas donde se obliga a mantener la reserva y confidencialidad de la información.

Además, de llegar a incumplir el acuerdo, el solicitante se hará responsable por los perjuicios que supuestamente el Acueducto piensa se generarán si los datos se hacen públicos.

Datos

A pesar de los impedimentos al acceso a los datos la información se encuentran otras formas de acceder a los datos.

El usuario de la red X, Luis Eduardo Galé, informó que usó los Boletines hidrometeorológicos diarios y mensuales de la Car para elaborar una visualización de datos a la que tituló Evolución volumen llenado útil agregado Sistema Chingaza 2019 -2024. La publicó en su perfil personal con datos que habrían salido de estos reportes.

URl publicación: https://x.com/Luisedugale/status/1806378679410553230/photo/1

Al momento de esta publicación no se ha podido verificar los datos de esta visualización.

En lo que respecta a la verificación de datos independiente que se realiza en este blog no puedo seguir los procedimientos legales a los que tengo derecho para acceder a la información.

Esta es una publicación personal, un ejercicio académico – profesional, que no cuenta con respaldo ni financiero ni jurídico para dar la batalla y obtener los datos que quieren mantener secretos.

Si bien es claro que los datos se quedarán reservados existen otras posibilidades.

Una de ellas, apelar a la responsabilidad y trolleo masivo digital 😀 .

Los datos que se piden no deberían ser un misterio ultrasecreto, como se informó en la primera publicación sobre el tema, varias ciudades del mundo los tienen públicos. Es información que nos interesa a todos.

¿Cómo pedir los datos al Acueducto?

Teniendo en cuenta que el histórico de datos es información de interés público, cualquier persona puede unirse a la petición y pedirle al acueducto que entregue el data set.  

Quizás a todas las persona le exijan firmar el Acuerdo de Confidencilidad. Quizás nunca lo entreguen pero al menos la oficina jurídica tendrá que responder las peticiones.

Instrucciones:

  1. Visite: https://www.acueducto.com.co/wps/portal/EAB2/Home/atencion-al-usuario/tramites-y-servicios/peticion_queja_reclamo_y_sugerencias-pqrs/pqr
  2. Descargue el formato de dercho de petición qque adjunto al final de este documento. O puede hacer el suyo con chat Gpt.
  3. Llene los datos del formulario y adjunte el documento.
  4. Espere 15 días hábiles.

Veamos a ver qué pasa.


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